
Los profesionales que prestan servicios a empresas deben apuntarse en el Registro Mercantil.
Los profesionales que prestan servicios a empresas deben apuntarse en el Registro Mercantil. El Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, modifica la disposición adicional de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, regulando el “Registro de prestadores de servicios a sociedades y fideicomisos”. Sujetos obligados a inscribirse Quedan obligadas a inscribirse en dicho Registro las personas físicas