
Los cambios aprobados en 2024 tienen efectos para los ejercicios fiscales iniciados a partir de 2025. Esto significa que, en el Impuesto sobre Sociedades de 2024, que se presentará en julio de 2025, se mantienen los tipos impositivos anteriores. Son los siguientes:
- Entidades de nueva creación: 15% durante el primer año que tengan beneficios y el siguiente.
- Microempresas o micropymes (facturación inferior a 1 millón de euros): tipo impositivo del 23%.
- Empresas de reducida dimensión (ERD) (de 1 millón a 10 millones de facturación): tipo impositivo del 25%.
TCambios en el tipo impositivo a partir de 2025
Para el año 2025 los tipos se han reducido, pero además habrá más reducciones durante los próximos años.
El tipo impositivo de las entidades de nueva creación continúa vigente. Podrán seguir aplicando un 15% durante el primer año que tengan beneficios y el siguiente. En el caso de las micropymes y las empresas de reducida dimensión, merece verlo al detalle.
Tipo impositivo para las microempresas ( facturación inferior a 1.000.000 de euros ).
En el caso de las microempresas, a partir de 2025 se aplicará un tipo impositivo distinto dependiendo de la base imponible. Habrá un tipo más reducido para la base imponible inferior a 50.000 euros y un tipo impositivo algo superior para la base imponible que supere los 50.000 euros. Además, el tipo impositivo se irá reduciendo cada año hasta 2027. Vamos a verlo con una tabla que siempre resulta más sencillo:
| Base Imponible | 2025 | 2026 | 2027 |
| Hasta 50.000 € | 21% | 19% | 17% |
| Resto | 22% | 21% | 20% |
Tipo impositivo para empresas de reducida dimensión ( facturación más a 1.000.000 de euros ).
Para empresas de reducida dimensión, aquellas con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros anuales, su tipo de gravamen será:
- 2024: tipo general 25%.
- 2025: tipo general 24%.
- 2026: tipo general 23%.
- 2027: tipo general 22%.
- 2028: tipo general 21%.
- A partir del 2029: tipo general 20%
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº5395 del REAF