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¿ Tiene una Sociedad Civil que presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil ?.

Estimados clientes, ahora que se acerca la obligación de presentar las cuentas anuales de las empresas antes del 30/06/2018 entre los profesionales dedicados al asesoramiento por el nuevo tratamiento fiscal que sufren las Sociedades Civiles con personalidad jurídica a partir de 1 de Enero de 2016, consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 27/2014, de 29 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: …su tributación en este Impuesto cuando hasta la fecha lo hacían por el régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La cuestión que nos planteamos es, … si ahora debo presentar un modelo 200 a la AEAT, incluir Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, etc., llevar una contabilidad acorde con el Código de Comercio y Plan General de Contabilidad para poder formular adecuadamente estos documentos y así liquidar el Impuesto de sociedades,  ¿también tendré que presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil?

El posicionamiento del Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife es que las sociedades civiles empresariales “NO” y las sociedades civiles profesionales “SI”. Sus fundamentos para el mismo vienen dados por:

  1. El artículo 16 del Código de Comercio establece que el Registro Mercantil tendrá por objeto la inscripción de “(…) Las Sociedades Civiles Profesionales, constituidas con los requisitos establecidos en la legislación específica de Sociedades Profesionales (…)”; en este caso la Ley 2/2007, de 15 de marzo.

Por lo que, a expensas de una modificación legislativa, consideramos que la obligación de inscripción en el Registro Mercantil, vendrá dada para aquellas Sociedades Civiles Profesionales.

Un saludo

ATRUJILLO

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