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Se reducen los recargos en caso de regularización voluntaria.

Se reducen los recargos en caso de regularización voluntaria facilitando la regularización espontánea a los contribuyentes.
Tras la modificación del art. 27.2 de la Ley General Tributaria, por la Ley 11/2021, de medidas contra el fraude fiscal, el recargo por presentación de declaración o autoliquidación extemporánea será:

• Un porcentaje igual al 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso.
• Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 15%.
Ahora bien, se establece un régimen transitorio, según el cual, se aplicará también a los recargos exigidos con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que resulte más favorable para el obligado tributario y el recargo no haya adquirido firmeza, tal y como explica la AEAT:

Declaraciones presentadas fuera de plazo sin requerimiento antes de la entrada en vigor de la Ley 11/2021:

Se les aplica el nuevo porcentaje de recargos, en los siguientes casos:

• No se haya iniciado el expediente de recargo.
• El expediente de recargo esté en tramitación.
• No se haya agotado el plazo para plantear recurso o reclamación contra el recargo.
• Se encuentre en tramitación el recurso o reclamación que se haya planteado contra el recargo.
• Se encuentre en fase de ejecución la resolución o sentencia de un recurso o reclamación que se haya planteado contra el recargo.
Una vez en vigor la ley tengo en tramitación un expediente de recargo sin que se me haya notificado la resolución de liquidación del recargo:

Tendrá derecho a que se le aplique el nuevo régimen de recargos. Se le notificará la liquidación con los nuevos porcentajes de recargos. No es necesario que el contribuyente lo solicite a la AEAT.

Los Tribunales han dictado resolución aplicando la normativa vigente antes de la entrada en vigor de la Ley 11/2021 pero todavía no se ha ejecutado dicha resolución cuando entra en vigor ¿cómo ejecuta?

La ejecución de las Resoluciones de los Tribunales una vez en vigor la Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal se efectuará conforme a la normativa vigente en la fecha de la ejecución, con independencia de la normativa que aplicaron los Tribunales en el momento de su resolución.

Un saludo

ATRUJILLO

Asesor Fiscal nº 5395

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