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Se modifican las medidas aprobadas en el decreto 86/2020 para contener el COVID – 19 en la Isla de Tenerife.

Estimados clientes,

Este sábado 5 de diciembre del 2020 se ha publicado un Boletín Oficial de Canarias extraordinario en el que se publica  la resolución 4757 que corrige una serie de medidas previas del  decreto 86/2020 y resolución 4755 por el que se establecían nuevas medidas destinadas a contener la propagación del COVID-19 en el ámbito de la isla de Tenerife,

Se establece las siguientes modificaciones que para la actividad de Hostelería y restauración son:

En zonas interiores:

Se elimina la ocupación máxima del 1/3 del aforo y cierre completo del establecimiento o local a las 23.00 horas (cerrado al público; pero se permite estar dentro en labores de limpieza)

Quedando de la siguiente forma:

Terrazas al aire libro:

Se elimina la ocupación máxima del 50% del aforo y cierre completo del establecimiento a las 23.00 horas (cierre al público; pero se permite estar dentro en laborales de limpieza).

Quedando de la siguiente forma:

En las otras actividades o locales y no comerciales, en vez de 1/3 del aforo será del 50% del aforo autorizado.

En los lugares de trabajo las reuniones de trabajo deben de realizarse por medios telemáticos y en el caso de lugares de trabajos con espacios comunes se limita a 1/3 de su aforo

Un saludo

ATRUJILLO

Asesor Fiscal nº 5395

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