Por un lado, la tasa Google será un impuesto indirecto, en el que las operaciones intragrupo quedarán exentas y cuya cuota se podrán deducir las compañías en Sociedades. Gravará a aquellas empresas que cuenten con, al menos, 750 millones de euros de ingresos anuales y 3 millones de ingresos en España. El tributo con un 3% gravará la publicidad online, los servicios de intermediación que permitan localizar a otros usuarios e interactuar y la transmisión de datos de los usuarios. No se gravará la venta de bienes o servicios entre usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea, los contratados en línea directamente al proveedor, sin intermediarios y las referidas operaciones intragrupo.
En cuanto a la tasa Tobin, también conocido como impuesto a las transacciones financieras, gravará con un 0,2% las compraventas de acciones de firmas españolas con una capitalización bursátil superior a mil millones. El Gobierno debe publicar una lista de las empresas afectadas.
En el análisis de impacto económico del proyecto, Hacienda reconoce que sus previsiones duplican a las de la Comisión Europea. La ministra Montero estima que podrá ingresar unos 1.200 millones con este tributo, frente a los 600 millones de Bruselas.
Se retrasa su aplicación hasta el 20/12/2020.
Un saludo
ATRUJILLO