Estimados clientes,
Este miércoles día 27 de enero del 2021 según Real Decreto- Ley 2/2021, se ha publicado en el Boletín oficial del Estado la prórroga automática de los ERTES y de la prestación extraordinaria automática por cese de actividad para los autónomos hasta el 31 de mayo del 2021.
A partir del 1 de febrero de 2021, los trabajadores autónomos podrán solicitar la prestación por cese de actividad prevista, siempre que concurran los requisitos establecidos en este precepto y podrán percibirla hasta el 31 de mayo.
El acceso a la prestación exigirá:
- Acreditar en el primer semestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más del 50% de los habidos en el segundo semestre de 2019; así como no haber obtenido durante el semestre indicado de 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros.
- Estar dado de alta y al corriente de pago con las cotizaciones sociales
También se introduce la posibilidad de acceder a una prestación extraordinaria de cese de actividad a aquellos trabajadores autónomos que no pudiendo acceder a la prestación anterior, vean reducido sus ingresos en el primer semestre del 2021 por debajo de los sus ingresos del primer trimestre del 2020 y obtengan unos rendimientos netos durante el primer semestre del 2021 inferiores a 6.650 euros.
Por último para los autónomos se paraliza la subida las cuotas de autónomos hasta el 31 de mayo del 2021. Aunque esta subida si se aplicará en el recibo de enero del 2021; pero se volverá a bajar a partir de febrero.
Un saludo
ATRUJILLO
Asesor Fiscal nº 5395