
Estimados clientes, aunque la obligación de trabajar con programas de facturación adaptados a la Ley antifraude comienza en el 29/07/2025 recomendamos verificar que sus programas de facturación cumplen o cumplirán con los requisitos establecidos por la nueva normativa o adquirir sistemas de facturación que cumplan dichos requisitos y empezar a trabajar con estos nuevos software a partir del 01/01/2025.
Observaciones:
Recordarles que el régimen sancionador por utilizar programas no adaptados a la nueva normativa alcanza los 50.000 euros por cada año de usos de estas aplicaciones.
No se podrá facturar por las aplicaciones como WORD, EXCEL
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395