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Principales novedades fiscales para el 2015

Les comunicamos las principales novedades fiscales para 2015 y que se traducen en la declaración de la renta (IRPF), en el impuesto de sociedades y en cambios en el IVA – IGIC

Novedades en la declaración de la renta (IRPF).

  • Se reducen los tramos del IRPF, desde los actuales siete a cinco.

El tipo mínimo pasa del 24,75% al 20% y el tipo máximo pasa del 52% al 47%.

Asimismo, se eleva el umbral mínimo de tributación de modo que los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año, salvo que procedan de diversos pagadores, dejarán de tributar.

  • Por otra parte se incrementan los mínimos personales y familiares. Si actualmente cuenta con un mínimo exento de tributar de 5.151 euros, éste pasará a ser de 5.550 euros.
  • Creación de beneficios fiscales para familias numerosas y familias con personas con discapacidad (hijos o abuelos) con un beneficio de 1.200 euros por cada persona con discapacidad y también para cada familia numerosa. Se puede solicitar a la AEAT el abono anticipado a razón de 100 euros mensuales.
  • Desaparecen los coeficientes de actualización en las plusvalías.
  • Se mantienen los coeficientes de abatimiento en las plusvalías limitados a 400.000 euros por cada contribuyente.
  • Se crea una exención de las plusvalías para mayores de 65 años si su destino es una renta vitalicia que complemente la pensión con el límite máximo de 240.000 euros de valor de transmisión.
  • Se crea la exención tributaria en los supuestos daciones en pago de la vivienda habitual del deudor o garante del mismo, siendo necesario en ambos casos que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda y evitar la enajenación de la vivienda.
  • Se suprime la exención por los primeros 1.500 euros de dividendos percibidos.
  • Se establece nuevas tablas para la tributación del ahorro.
  • Hasta 6.000 euros: bajara su tributación del 21% al 20%.
  • Desde 6.000 hasta 50.000: el tipo baja hasta el 22%.
  • A partir de 50.000 euros el tipo de gravamen se situará en el 24%
  • Por otro lado, a partir del 2015 todas las plusvalías se integrarán en la base del ahorro, con independencia del periodo de generación, incluidas las generadas en el mismo año.
  • Se limita las aportaciones a los planes de pensiones a 8.000 euros anuales máximos, sin que pueda superar el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, eliminando el límite mayor que existía antes del 2015 para mayores de 50 años.
  • Las indemnizaciones por despido estarán exentas hasta un límite de 180.000 euros.
  • Se elimina para los inquilinos la deducción por alquiler de vivienda para los contratos de arrendamientos firmados a partir del 01 de enero del 2015, los anteriores se mantiene la deducción.
  • Se elimina para los arrendadores la reducción incrementada del 100% de alquileres a jóvenes menores de 30 años con rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el periodo superior al IPREM.

Novedades en el impuesto de sociedades.

  • Se modifican las tablas de amortización del inmovilizado material a partir del 01/01/2015.
  • Se limita la deducibilidad del fondo de comercio al 1% de su importe.
  • Se elimina la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de forma general y solo se admiten las pérdidas por deterioro por existencias y partidas a cobrar.
  • Se supime también para el impuesto de sociedades los coeficientes de actualización monetaria en la transmisión de bienes inmuebles.
  • En relación a la deducibilidad de los gastos por atención a clientes o proveedores, se limita su deducibilidad al 1% del importe neto de la cifra de negocios del periodo impositivo y deja de considerarse una liberalidad la retribución satisfecha a los administradores por sus funciones de alta dirección y otras funciones desarrolladas de acuerdo a un contrato laboral con la entidad.
  • Se mantiene la restricción a la deducibilidad de los gastos financieros netos en el 30% del beneficio operativo.
  • Desaparece la deducción por reinversión de beneficios.
  • Se crea una nueva reserva de capitalización empresarial y de nivelación. La reserva de capitalización empresarial permite reducir la base imponible en un 10% por incremento de fondos propios, lo que da lugar a la no tributación de la parte del beneficio que se destine a la constitución de esta reserva indisponible.
  • En relación con la compensación en el futuro de bases imponibles negativas no existe límite temporal, frente al actual de 18 años, pero se introduce una limitación cuantitativa en el 70% de la base imponible anterior a los ajustes de la reserva de capitalización, admitiéndose en todo casa un importe mínimo de un millón de euros.
  • Se produce una bajada en los tipos impositivos para el 2015:
    • El tipo general pasa del 30% al 28% en 2015.
    • El tipo para las pequeñas y medianas empresas se mantiene en el 25% en el 2015.
    • El tipo para las empresas de nueva creación es el 15% para el periodo impositivo en que obtenga una base imponible positiva y siguiente.
  • Se mantiene la deducción por creación de empleo, incluyendo la correspondiente a los trabajadores con discapacidad.
  • Se potencia la deducción por investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
  • Se crea una nueva deducción del 20% para apoyar la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
  • Se mejora la deducción para las producciones cinematográficas que será del 20% desde el primer millón y del 18% para el exceso.
  • Se elimina la actual deducción por reinversión de beneficios que es sustituida por la reserva de capitalización.
  • Se elimina también la deducción por inversiones medioambientales, la deducción por gastos de formación de personal y la deducción por inversión en beneficios.
  • Se obliga a todas las asociaciones a presentar el impuesto de sociedades.
  • Las comunidades de propietarios tendrán la obligación de presentar el modelo 347.

Novedades en el IVA e IGIC.

  • Se modifica las reglas de localización de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión y de las prestaciones de servicios efectuadas por vía electrónica, que se gravarán donde esté establecido el destinatario del servicio.
  • Se crea una ventanilla única en el portal de la aeat para liquidar el IVA de otros estados miembros.
  • Se extiende la exención educativa a los servicios de atención a niños durante las horas de comedor escolar o guardería fuera del horario ordinario.
  • Se suprime la exención aplicable a las entregas y adjudicaciones de terrenos realizadas entre la Junta de Compensación y los propietarios de aquellos.
  • También se amplía el ámbito objetivo de la aplicación de la renuncia a las exenciones inmobiliarias a los empresarios que solo tengan deducción parcial del impuesto soportado.
  • Se flexibiliza el procedimiento de modificación de la base imponible, ampliando de uno a tres meses el plazo para realizarla en caso de concurso del deudor, y de seis meses a un año en el caso de créditos incobrables para pymes.
  • Se amplían los supuestos de aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo para luchar contra el fraude a la entrega de determinados productos, tales como teléfonos móviles, ordenadores portátiles, tabletas digitales, así como la plata y el platino.
  • Se mantiene el criterio de caja (declarar el Iva e Igic cuando se cobre y page), al cual los contribuyentes que deseen acogerse lo podrán realizar en el mes de diciembre de cada año.
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