
Estimado clientes, Como ya sabrán, el Gobierno de España dictó el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, que regula el procedimiento del Registro Único de Arrendamientos y crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, destinada a la recogida e intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
Esta norma entró en vigor el 2 de enero de 2025, pero será plenamente aplicable a partir del 1 de julio de 2025. En virtud de la misma, se obliga a los propietarios de viviendas vacacionales en todo el territorio nacional a pasar por un nuevo procedimiento de registro (en este caso, ante el Registro de la Propiedad), incluso si ya están inscritos en los correspondientes registros autonómicos.
Les recordamos que aquellas viviendas que no cuenten con este número de registro NO PODRÁN anunciarse en las plataformas de venta, ya que será un requisito indispensable**
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395 del REAF