Los residentes en España a través del modelo 721 deben de declarar antes del 31/03/2024 sobre los saldos de criptomonedas y monedas virtuales situados en el extranjero y cuyo valor conjunto supere los 50.000 euros a 31/12/2023.
En concreto, la normativa indica que se debe suministrar información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado, o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
La consulta v2290-23 de la DGT es la que responde a esta pregunta y la que determina qué criptomonedas hay que declarar en realidad.
Según explican desde la DGT, se entiende por situadas en el extranjero las criptomonedas en los siguientes casos:
1. Que dichas monedas virtuales sean custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
2. Que las personas o entidades a que se refiere el párrafo anterior no sean residentes en España o establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero.
Esto quiere decir que si sus monedas digitales no están bajo custodia de un tercero que proporciona servicios de seguridad de claves privadas y si ese tercero tiene su base en España, no tendrás que presentar la declaración informativa por el modelo 721.
En el resto de casos, sí que deberás hacerlo.
Como indica la DGT, la clave radica en que la empresa donde tengas las criptomonedas actúe como custodio y tenga las claves de tus criptoactivos.
A efectos prácticos, eso afecta a casi todos los exchanges de criptomonedas y a todos los centralizados. Y es que, ese tipo de plataformas actúan efectivamente como custodios de las criptomonedas y son quienes tienen las claves de tus monedas digitales.
Esto aplica tanto a las hot wallet o carteras calientes conectadas a la red como a las cold wallet.
La aclaración de la Dirección General de Tributos supone un paso más hacia el control de los criptoactivos por parte de Hacienda y del Gobierno.
En cualquier caso, recuerda que el modelo 721 es una declaración informativa y que no implica el pago de impuestos. Sí que pueden existir sanciones en caso de saltarse la obligación de rellenarlo o en caso de omitir datos.
En el caso de que este obligado y quiere que le realicemos dicha obligación deben de ponerse en contacto con nuestro despacho.
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395 del REAF.