Estimados clientes, les informamos que en el BOE del 8 de mayo de 2024 (con corrección de errores el 10) se han publicado los modelos, con algunas modificaciones, de presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales individuales y cuentas anuales consolidadas 2023.
Atención. La utilización de los modelos aprobados por la presente resolución será obligatoria para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean presentadas en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación de esta resolución en el BOE.
Por tanto, las empresas que se hayan anticipado y ya tengan sus cuentas anuales del ejercicio 2023 depositadas en el Registro Mercantil no tienen que volver a realizar su presentación por este motivo pero aquellas que vayan a realizarlo a partir de ahora deben tenerlo en cuenta.
Cambios que afectan a todos los Modelos (Normal, Abreviado y Pymes).
Cambios en la hoja de identificación.
• Se ha incluido información sobre el número de mujeres que pertenecen al órgano de gobierno (por ejemplo, al consejo de administración) y el total de miembros del mismo.
• Se elimina, por redundante, la información correspondiente al porcentaje de mujeres (que se había incluido en la reforma de los modelos del año pasado).
Cambios en los test de errores.
• Se incluyen test adicionales sobre el número de mujeres en el órgano de gobierno.
Cambios en el modelo Normal.
Contenido de la memoria normal.
• Se modifica el apartado 27 de la memoria y su correspondiente cuadro normalizado M27 incorporando información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. También se informará de los porcentajes que suponen estos cálculos sobre el total número de facturas e importes.
Cambios en el modelo pyme.
Cambios en la hoja medioambiental.
• Se elimina la referencia a las «emisiones alcance 3», correspondiente a las emisiones indirectas de proveedores y de clientes en la cadena de valor. En cualquier caso, el resto de información solicitada en este cuadro se mantiene de cumplimiento voluntario.
Cambios en las cuentas anuales consolidadas.
Contenido de la memoria consolidada.
Se modifica el apartado 31 de la memoria referido a la información sobre el pago a proveedores, incorporando información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. También se informará de los porcentajes que suponen estos cálculos sobre el total número de facturas e importes.
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395 del REAF.