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Novedad de la campaña del impuesto de sociedades 2015: Nuevo modelo 282

 

Novedad de  la campaña del impuesto de sociedades 2015:  Nuevo modelo 282

Se crean una nueva obligación para los contribuyentes que realicen actividades económicas en el Archipiélago Canario:

  • Obligación de presentar junto con su autoliquidación del Impuesto de sociedades el nuevo modelo informativo 282.
  • Obligación de controlar  con este nuevo modelo, que la acumulación de ayudas e incentivos fiscales percibidos en el ejercicio, no supere unos determinados límites. Si se superan, el exceso  tendrá la consideración de ayuda de estado, por lo que se estará obligado a:
    • Devolver el exceso.
    • No podrá seguir aplicando el REF de Canarias hasta que no se haga efectiva la devolución.

 ¿A quién afecta?

A todo contribuyente del REF, Régimen Económico y Fiscal de Canarias que apliquen en el impuesto de sociedades alguno de los siguientes beneficios fiscales:

  • Bonificación sobre la cuota por producción de bienes corporales en Canarias.
  • Deducciones por inversión con % límite incrementado de Canarias.
  • Reducción en la Base Imponible por aplicación de la Reserva por Inversiones en Canarias.
  • Tipo de gravamen especial del Régimen Fiscal ZEC, Zona Especial Canaria.
  • Exenciones sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias.
  • Ayudas al Transporte de Mercancías.
  • Otros incentivos.

¿Plazo?

Presentación del nuevo modelo:

  • Los contribuyentes indicados que apliquen alguna de las ayudas fiscales anteriormente mencionadas, estarán obligados a presentar junto con la declaración de su impuesto de sociedades  esta nueva declaración informativa, modelo 282.
  • El plazo de presentación, será el mismo que el de  su impuesto de sociedades, es decir, hasta el 25/07/2016.
  •  La presentación será telemática, y seguirá el funcionamiento del resto de declaraciones informativas.

¿ Cuáles son los límites de la acumulación de ayudas.?

Se agrupan las ayudas en diferentes bloques:

  • Regionales al funcionamiento
    Se informarán las ayudas recibidas en el devenir de la empresa durante el año 2015

Estas no pueden superar:

    • Para las empresas industriales:
      • el 17,5% del INCN, importe neto de cifra de negocio, generado en el ejercicio.
    • Para el resto de actividades:
      • el 10% del INCN, generado en el ejercicio.
  • A la inversión

Se informarán las ayudas que ha recibido la empresa para su creación y puesta en funcionamiento, total o parcial. Estas no pueden ser superiores a los importes indicados en el Reglamento UE (651/2014   de la Comisión, del 17 de junio de 2014.

  • A la PYME

Se informarán las deducciones que aplica la empresa por Deducciones en “África Occidental” y en “Publicidad y Promoción”. Estas no pueden superar:

    • La primera no puede ser superior a 7,5 millones por empresa y proyecto.
    • La segunda no puede ser superior a 2 millones de euros por empresa al año.
  • Otros incentivos

ELLO IMPLICA QUE EN LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES EL USUARIO HA DE CONTROLAR QUE NO SE EXCEDAN LOS INCENTIVOS FISCALES ESTABLECIDOS. Y SI SE SUPERAN SERÁ OBJETO DE SANCIÓN

 

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