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MEDIDAS ESPECÍFICAS Y TEMPORALES, EN EL ÁMBITO DE CANARIAS, DURANTE EL PERIODO DE “FIESTAS DE CARNAVAL”.

Estimados clientes,

Hoy, 12 de febrero del 2021, se ha publicado en el Boletín oficial de Canarias NUM.30 las medidas específicas destinadas a contener la propagación del COVID-19 durante el periodo de las consideradas tradicionalmente como “FIESTAS DE CARNAVAL”, en el año 2021: (DESDE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 12 HASTA LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 22 DE FEBRERO DE 2021).

1. Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno

Con independencia del nivel de alerta en que se encuentre cada una de las islas, entre las 22:00 h y las 06:00 h. En concordancia con la limitación de libertad de circulación de las personas en horario nocturno, se establece el cierre completo de los establecimientos en los siguientes horarios:

* En los niveles de alerta 1, 2 y 3, antes de las 22.00 h.   

* En el nivel de alerta 4, antes de las 18.00 h.

2. Limitación del número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre.

La permanencia de grupos de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará supeditada a que no se supere el número máximo de personas que se indica, salvo que se trate de convivientes, en función del nivel de alerta establecido para cada territorio:

Nivel de Alerta 1 (La Gomera, La Palma y Tenerife): 6 personas.

Nivel de Alerta 2 (Fuerteventura y El Hierro): 6 personas.

Nivel de Alerta 3 (Gran Canaria): 4 personas.

Nivel de Alerta 4 (Lanzarote): 2 personas.

3.Medidas específicas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías.

Además de las medidas generales establecidas en el Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020 para cada nivel de alerta y resumidas en el Anexo II de este Acuerdo de Gobierno, se cumplirán los siguientes requisitos específicos:

La ocupación máxima por mesa se establece en:

Nivel de Alerta 1 (La Gomera, La Palma y Tenerife): Máx. 6 pers.

Nivel de Alerta 2 (Fuerteventura y El Hierro): Máx. 6 pers.

Ocupación: Aire libre 75%, interior 50%.

Nivel de Alerta 3 (Gran Canaria): Máximo 4 personas.

Ocupación: Aire libre 50%, interior prohibido.

Nivel de Alerta 4 (Lanzarote): Máximo 2 personas.

* Prohibido consumo en BARRA.

* Prohibido el consumo fuera de la mesa asignada a cada cliente.

* Prohibido el servicio de bebidas alcohólicas a clientes que no ocupen una mesa asignada.

* Quedan prohibidas las actividades que propicien aglomeraciones, no mantener la distancia de seguridad interpersonal o un uso incorrecto de mascarillas, tales como la celebración de  fiestas, bailes, karaokes, concursos, conciertos o música ambiental que inviten a bailar o cantar.

Un saludo

ATRUJILLO

Asesor Fiscal nº5395 del REAF.

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