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Gastos de manutención de los autónomos que incurran en el desarrollo de su actividad económica

Estimados clientes les recordarnos  que desde el 01 de enero del 2018 para que los empresarios individuales y  profesionales  puedan deducir los gastos de manutención ( comidas ) es necesario que sean abonados por medios electrónicos de pago.

Los limites máximos de deducción son:

-En general: 26,67 euros diarios (España) y 48,08 euros (extranjeros).

– Si existe pernota como consecuencia de desplazamiento : 53,04 euros diarios ( España) y 91,35 euros diarios ( extranjero ).

Un saludo

ATRUJILLO

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