Lunes a Viernes: 8:30 a 17:00

Facturas electrónicas emitidas a las Administraciones Públicas.

Facturas Electrónicas con la Administraciones Públicas.

Entrada en vigor: A partir de 15 de Enero del 2015, como norma general, todas las facturas de proveedores dirigidas a las administraciones públicas deberán ser electrónicas y ya no en papel.

Excluidas: Más de 5.000 euros. Las facturas de hasta 5.000 euros quedan excluidas de la obligación del uso de la factura electrónica cualquiera que sea la personalidad jurídica del proveedor.

Afectados: Proveedores. La obligación afecta a las sociedades que sean proveedoras de bienes y servicios a los tres niveles de la Administración (estatal, autonómico y local), organismos autónomos, universidades públicas, entidades de derecho público, órganos constitucionales y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades de la Seguridad Social.

Enlace: En los siguientes enlaces se podrá consultar la información sobre cómo cumplir la obligación de expedir facturas electrónicas en sus relaciones contractuales con las administraciones estatales, locales y autonómicas.

http://www.facturae.gob.es/que-desea/Paginas/administraciones-publicas.aspx

https://sede.gobcan.es/economiahaciendayseguridad/pefac/

Forma: Seguridad. Los documentos tendrán que remitirse mediante el uso de aplicaciones y sistemas que garanticen la autenticidad, confidencialidad, integridad, disponibilidad y conservación de la información.

Sistema: El PeFAC. El Gobierno de Canarias crea el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de Canarias (PeFAC), ubicado en la página web de la consejería de Hacienda.

Facebook
Twitter
LinkedIn
Email
Imprimir