Una de las principales novedades de esta declaración de la renta 2023, , es la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga. Analizamos en qué consiste y quién puede acceder a ella.
Es una deducción temporal. Esta deducción en la cuota íntegra estatal busca fomentar la movilidad eléctrica y reducir la dependencia de combustibles fósiles y podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿En qué parte de la declaración de la renta 2023 están las deducciones del coche eléctrico?
Para declarar en Renta WEB las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y por instalación de puntos de recarga hay que buscar en ‘apartados declaración’ de Renta Web, dentro de las deducciones generales de la cuota la deducción específica para ello.
Una vez dentro de este apartado ya se pueden cumplimentar las dos deducciones existentes:
• La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible estaría entre las casillas 1916 y 1927 (ambas incluidas).
• La deducción por la instalación de puntos de recarga estaría entre las casillas 1929 y 1935 (ambas incluidas).
¿Cómo aplicar la deducción por adquisición de vehículos eléctricos?
Requisitos que debe cumplir el vehículo. La Agencia Tributaria explica que:
• No puede tratarse de un coche para una actividad económica sino que su uso debe ser particular. Si es adquirido como particular y luego se usa para una actividad económica se pierden las deducciones practicadas.
• Debe estar matriculado por primera vez en España antes de 31 de diciembre de 2024 en el caso de adquisición o antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta.
• El precio de venta del vehículo adquirido no podrá superar el importe máximo establecido, en su caso, para cada tipo de vehículo en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
La base de deducción no podrá exceder de los 20.000 euros y estará constituida por el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, sin contar las cuantías subvencionadas o que vayan a serlo a través de un programa de ayudas públicas.
¿Qué porcentaje se puede deducir por la compra de un coche eléctrico?
Desde la Agencia Tributaria indican que existen dos alternativas posibles:
• Si se adquiere el vehículo desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 se puede deducir el 15% del valor de adquisición.
En este caso, la deducción se debe practicar en el periodo impositivo en el que se matricule el vehículo.
• Si se hacen pagos desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 a cuenta de la futura compra del vehículo que supongan, al menos, el 25% del valor de adquisición se puede practicar la deducción por el 15% del valor de adquisición.
Aunque el abono de la cantidad restante y la adquisición del vehículo debe realizarse antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad. En este caso, practicarás la deducción en el periodo impositivo en el que la cantidad a cuenta satisfecha alcance el 25% del precio de adquisición.
Claves de la deducción por la instalación de puntos de recarga
La base máxima de esta deducción es de 4.000 euros y está constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a quienes realicen la instalación de algún tipo de infraestructura de recarga de coches eléctricos.
No forman parte de la base de la deducción las cantidades subvencionadas a través de algún programa de ayudas públicas y no da derecho a la deducción lo pagado con dinero de curso legal.
¿Qué porcentaje se puede deducir por la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos?
El contribuyente se puede deducir el 15% de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 siempre que la instalación haya finalizado en 2024.
La deducción se debe practicar en el periodo impositivo en el que finalice la instalación.
Un saludo
ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395 del REAF.