
En concreto se incorpora una deducción en la cuota íntegra del impuesto de sociedades del 10 por ciento por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores.
Cada vez hay más empresas que se están interesando por la posibilidad de constituir planes de pensiones empresariales, ya que el Ejecutivo quiere fomentar esta vía, en contra de las aportaciones a planes de pensiones personales.
Por ello, debe saber, que si su empresa se plantea empezar a retribuir en especie a sus trabajadores mediante uno de estos planes empresariales, tenga en cuenta lo siguiente:
- Gasto. Como cualquier otra retribución, las aportaciones efectuadas al plan de pensiones también serán un gasto deducible para ella en el Impuesto de Sociedades.
- Sin ingreso a cuenta. Asimismo, si su empresa respeta los límites de aportación establecidos, no deberá satisfacer ningún ingreso a cuenta del IRPF de los trabajadores. Apunte. Deberá declarar las aportaciones anuales al plan a través del modelo 345 (y no del modelo 190).
- Cotizan. Las aportaciones a planes de pensiones cotizan a la Seguridad Social (salvo que el trabajador a quien le sean imputadas ya venga cotizando por la base máxima).
Un saludo ATrujillo
Asesor Fiscal nº 5395 del REAF
Economista col.859