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Atención a la inversión en criptomonedas.

Atención a la inversión en criptomonedas

El Bitcoin y el resto de criptomonedas pasarán a tener una consideración similar a la de los fondos de inversión y la CNMV supervisará la publicidad sobre estas divisas virtuales.

En los últimos meses, numerosas criptomonedas han experimentado una elevada volatilidad acompañada de un aumento significativo de una publicidad agresiva, para atraer inversores.

Efectivamente, cualquiera que haya estudiado la evolución del bitcoin durante este año habrá constatado el vértigo que supone invertir en él. A título de ejemplo, sólo en el mes de marzo ha subido o bajado más de un 3% en hasta seis ocasiones. Una inestabilidad feroz.

Sin ir más lejos, el mismo día que el bitcoin doblaba su valor y se aproximaba a los 60.000 dólares, con una subida del 5.6%, el Gobierno daba luz verde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para someter a autorización previa la publicidad de los criptoactivos.

El Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial permite a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) someter a autorización u otras modalidades de control la publicidad de criptoactivos, con la posibilidad de añadir advertencias sobre sus riesgos y características.

Asimismo, esta nueva norma también autoriza al supervisor a desarrollar mediante circular el ámbito objetivo y subjetivo, de los mecanismos y procedimientos de vigilancia. Estos cambios modifican el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y se recogen en un nuevo artículo 240 bis.

El Banco de España y la CNMV ya advirtieron en 2018 sobre el riesgo de este tipo de inversiones, entre otros factores, por su extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia.

Los criptoactivos, incluyendo las criptomonedas y la tecnología que les da soporte, pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años, pero para valorar su validez como alternativa de inversión o su uso como medio de pago es preciso también tener muy presentes los siguientes aspectos y riesgos:

Ámbito regulatorio

No existe todavía en la Unión Europea un marco que regule los criptoactivos como el Bitcoin, y que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros. Actualmente, se está negociando a nivel europeo un Reglamento (conocido como MiCA) que tiene como objetivo establecer un marco normativo para la emisión de criptoactivos y sus proveedores de servicios.

Desde el punto de vista legal, las criptomonedas:

– NO tienen la consideración de medio de pago,

– NO cuentan con el respaldo de un banco central u otras autoridades y

– NO están cubiertas por mecanismos de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.

Inversión de alto riesgo

Se estima que hay más de 7.000 criptomonedas en el mercado con características similares a las del Bitcoin.

Se trata de instrumentos complejos, que pueden no ser adecuados para pequeños ahorradores, y cuyo precio conlleva un alto componente especulativo que puede suponer incluso la pérdida total de la inversión.

Adicionalmente, existen productos derivados apalancados vinculados a criptomonedas que permiten invertir indirectamente en estos, lo que incrementa aún más su complejidad y la posibilidad de sufrir pérdidas superiores a la inversión inicial, por lo que requieren de un gran conocimiento y experiencia.

Formación de precios

Los precios de las criptomonedas se forman en ausencia de mecanismos eficaces que impidan su manipulación, como los presentes en los mercados regulados de valores. En muchas ocasiones los precios se estructuran también sin información pública que los respalde.

Liquidez

Muchas de estas criptomonedas pueden verse carentes de la liquidez necesaria para poder deshacer una inversión sin sufrir pérdidas significativas, especialmente porque su circulación entre inversores, tanto minoristas como profesionales, es muy limitada.

Uso como medio de pago

Pese a que existen desde hace más de una década, la aceptación de las criptomonedas como medio de pago es aún muy limitada, lo que contrasta con otros muchos desarrollos digitales que han tenido una aceptación generalizada en menos tiempo. Es necesario recordar que no existe obligación de aceptar Bitcoin o cualquier otro criptoactivo como medio de pago de deudas u otras obligaciones. El futuro Reglamento de MiCA no prevé que esto vaya a cambiar. Además, dada su elevada volatilidad, las criptomonedas no cumplen adecuadamente las funciones de unidad de cuenta y depósito de valor.

Problemas derivados del carácter transfronterizo

En muchas ocasiones, los distintos actores implicados en la emisión, custodia y comercialización de criptoactivos no se encuentran ubicados en España o, en algunos casos, incluso, no es posible su localización, por lo que la resolución de cualquier conflicto podría resultar costosa y quedar fuera del ámbito de competencia de las autoridades nacionales.

Robo, estafa o pérdida

La tecnología de registros distribuidos utilizada para la emisión de las criptomonedas conlleva riesgos específicos. Su custodia no está regulada ni supervisada. El extravío o robo de las claves privadas puede suponer la pérdida de las criptomonedas, sin posibilidad de recuperarlas. Este riesgo debe ser valorado antes de adquirir estos activos, tanto si se gestiona personalmente el monedero, como si su custodia se deja en manos de terceros.

A pesar de las advertencias y las cautelas recomendadas el uso cada vez más extendido de los activos y formas de pago digitales, hace que la CNMV no baje la guardia y emita informes como el publicado, el pasado 15 de febrero donde se advertía acerca de una serie de entidades no autorizadas por el regulador para prestar servicios de inversión en España.

Ponemos en su conocimiento algunas de ellas:

POSPIX / BITPIX

pospix.com

MISTER TRADER / MR TRADER

imrtrader.com

REDFIN CAPITAL LTD

imcoinproject.com/es

IAMEXCHANGE OU

koloonia.com

koolcoin.io

autocripto.com

kryptohaus.com/es/

TEREDO GROUP LTD

dealtrade.io/

DEAL TRADE INC. LTD

CRYPTOSEÑALES

cryptosenales.com/es/

profitassist.io/es/

SEABREEZE PARTNERS LTD

leoninv.com

SPTORO.COM

SPT MEDIA LLC

Un saludo

ATRUJILLO

Asesor Fiscal nº 5395

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