La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha decidido que será el cliente el que deberá seguir pagando el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas (AJD).
El AJD es de carácter autonómico y varía entre el 0,5% y el 1,5% sobre la responsabilidad hipotecaria (que incluye el crédito, intereses y gastos) en función de la autonomía en la que se firme el crédito.
Un saludo
ATRUJILLO